La Corte Suprema de Justicia definió en las últimas semanas dos criterios con efectos prácticos inmediatos para miles de trabajadores: uno sobre la pensión de invalidez y otro sobre la protección de los prepensionados.

Cotizaciones después del diagnóstico

La Sala Laboral aclaró que las cotizaciones hechas después del inicio de una enfermedad degenerativa sí pueden contarse para acceder a la pensión de invalidez, según reportó El Tiempo.

El asunto no es menor. Los fondos de pensiones han negado solicitudes argumentando que, si la enfermedad ya existía, los aportes posteriores no cuentan porque la persona "ya estaba inválida". La Corte corrige ese razonamiento: en patologías que se agravan progresivamente, la fecha de estructuración administrativa no coincide con el momento en que la persona pierde efectivamente su capacidad laboral. Mientras siguió trabajando y cotizando, esas semanas son válidas.

Prepensionados con más protección

En otra línea jurisprudencial, la Corte Suprema se apartó de la Corte Constitucional y amplió la protección de los trabajadores próximos a pensionarse, según El Cronista.

La discrepancia entre altas cortes genera incertidumbre para empleadores y trabajadores, porque los jueces laborales siguen a la Suprema y los jueces de tutela a la Constitucional. Mientras no haya unificación, el resultado de un caso puede depender de la vía procesal elegida.

Otras decisiones del período

La Sala Penal condenó al expolicía Guillermo Unigarro por el homicidio de un teniente de la Sijín ocurrido en 2011, al concluir que el Tribunal Superior había construido una absolución por duda razonable sin valorar todo el material probatorio, informó El Tiempo.

Por qué importa

Las decisiones de la Corte Suprema no solo resuelven casos individuales: fijan el criterio que aplicarán los jueces de instancia en todo el país. Para quien tramita hoy una pensión de invalidez negada, la sentencia es un argumento concreto para insistir.