El presidente Abelardo de la Espriella avanza en la redacción del decreto de emergencia económica con el que el Gobierno busca acelerar la respuesta al terremoto de magnitud 7.4 que golpeó al país el pasado 10 de agosto y que deja más de 312 muertos, según los reportes oficiales consolidados.

La pieza central de la medida es el Fondo Milagro, una entidad que, según explicó el mandatario, "canalizará los aportes nacionales e internacionales para reconstruir hospitales", colegios y vivienda en las zonas afectadas.

Qué es el Fondo Milagro

El vehículo financiero funcionará como una cuenta única de la reconstrucción: recibirá recursos del Presupuesto General, donaciones privadas, cooperación internacional y aportes de la banca multilateral. La intención declarada del Ejecutivo es que un solo administrador rinda cuentas por cada peso ejecutado, en lugar de dispersar la plata en decenas de convenios.

El anuncio del fondo fue hecho el 18 de agosto y ratificado un día después, cuando el presidente encabezó su primer consejo de ministros dedicado íntegramente a la emergencia, de acuerdo con la agenda oficial reportada por Infobae.

Reconstrucción por impuestos

La jornada del miércoles comenzó con una reunión entre el presidente, el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, y el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, para poner en marcha un mecanismo de "reconstrucción por impuestos": las empresas podrían descontar de su carga tributaria obras ejecutadas directamente en municipios afectados.

El esquema replica la lógica de "obras por impuestos" que ya opera en zonas priorizadas del país, pero enfocado en infraestructura de emergencia: acueductos, puentes, sedes educativas y centros de salud.

El sector asegurador, en la mesa

En la tarde, el jefe de Estado se reunió con representantes del sector asegurador para acelerar el pago de indemnizaciones. Uno de los cuellos de botella detectados en los primeros días de la emergencia fue la lentitud en los peritajes de las viviendas y establecimientos comerciales colapsados, un trámite del que depende que miles de familias puedan reconstruir.

Los límites jurídicos de la medida

La emergencia económica, social y ecológica está regulada por el artículo 215 de la Constitución: permite al Gobierno dictar decretos con fuerza de ley, pero solo por el término que dure la declaratoria, solo para conjurar la crisis y bajo revisión automática de la Corte Constitucional. En emergencias anteriores, la Corte ha tumbado artículos que no guardaban relación directa con los hechos que motivaron la declaratoria.

Eso significa que el articulado que finalmente se firme deberá acreditar un vínculo causal con el sismo. Cualquier norma de reforma estructural —tributaria, laboral o pensional— que se cuele en el decreto tiene alto riesgo de caerse en el control judicial.

Lo que sigue

El Gobierno no ha publicado la fecha exacta de la firma ni el monto inicial del Fondo Milagro. Tampoco se conoce todavía el decreto reglamentario que definirá quién administra los recursos, con qué reglas de contratación y bajo qué mecanismo de veeduría ciudadana. Esos tres puntos serán decisivos para evaluar si la reconstrucción avanza con la velocidad que exige la emergencia y con los controles que exige el país.